Artículo XV bis de los estatutos de CANIFARMA

2.- Derechos de los Asociados.
Los Asociados inscritos en la Cámara, tendrán los siguientes derechos:

2.1.- Participar como invitados en las Asambleas Generales de Afiliados, a convocatoria expresa del Consejo Directivo.

2.2.- Participar en las reuniones de Comisiones y Secciones en las que estén interesados, mediante solicitud formulada ante la Dirección General, quedando exceptuadas las comisiones de Seguridad y Asuntos Jurídicos e Imagen y Cabildeo.

2.3.- Podrán ser invitados a las reuniones extraordinarias de cualquier Comisión, Sección o grupos ad hoc cuando así lo decida el pleno de la comisión o del grupo ad hoc que corresponda.

2.4.- Contarán con un espacio en la página WEB donde podrán ofrecer sus servicios o productos a través de una liga a sus propios sitios electrónicos.

2.5.- Tendrá acceso a información generada o recibida en CANIFARMA de interés para la Industria en general.

2.6.- Podrán participar en los eventos organizados por CANIFARMA con cuotas de recuperación equivalentes a las de los Afiliados.

2.7.- En el momento de su aceptación se informará vía electrónica a los Afiliados la incorporación de los Asociados.

2.8.- Tendrán derecho al uso preferencial de las instalaciones de CANIFARMA, sujeto a disponibilidad y cubriendo la contraprestación correspondiente.

2.9.- Podrán promocionar sus eventos a través de redes sociales, la página WEB de la Cámara y la revista electrónica Código F.

2.10.- Tendrán acceso a la Intranet de CANIFARMA con códigos de seguridad.

2.11.- Podrán solicitar servicios de información, asesoría y consultoría en las materias que sean de su interés y de la Cámara.

2.12.- Podrán participar con información relacionada con el sector en la integración de los compendios estadísticos que lleve a cabo la Industria Farmacéutica.